Deportes

La ACB deja claro que Lima es jugador de formación

Dos días de reuniones intensas en la sede de la ACB desembocaron en varias decisiones en la Asamblea Ordinaria celebrada en Barcelona. En clave Unicaja, lo más importante es que ya no queda ninguna duda que la situación de Augusto Lima como jugador de formación (cupo) es legal. La ACB distribuyó una nota de prensa tras la reunión con una serie de puntos que era un tanto confusa en el apartado referido a los jugadores de formación: "Deben ser contemplados como Jugadores Formados Localmente (JFL) aquellos que, cumpliendo las condiciones de edad y número de temporadas mínimas en los clubes, sean de nacionalidad comunitaria sin que pueda excluirse a ningún jugador que tenga nacionalidad de la Unión Europea en el momento de solicitar la licencia JFL. En este sentido se ha acordado solicitar en los próximos días al Consejo Superior de Deportes (CSD) interpretación al respecto".

Pero esa consulta al CSD, que puede inducir a error, se producirá para dictaminar casos futuros. La situación de Lima, que llegó a Málaga con 15 años y cumple con todos los requisitos y que a principios de este año juró por fin la Constitución tras un largo proceso. Así que no hay problemas y el Unicaja mantiene en su plantilla la misma estructura, con ahora mismo cuatro jugadores de formación (Urtasun, Jiménez hasta que vuelva Vidal y Fran Vázquez), como se pide, de las 11 fichas como profesional que se tienen. En el caso de que se pudiera convencer a Jiménez de que continuara, algo que parece muy complicado porque el jugador se niega rotundamente, serían cinco de formación de los 12 de plantilla.

En otro orden de cosas, se acordó como requisito para participar en la ACB "no tener deudas pendientes líquidas y exigibles con jugadores y entrenadores, la ACB y con las SSAADD y/o clubes afiliados a la ACB (...) Como excepción, solo se admitirán deudas con jugadores y entrenadores cuando éstas no superen el 15% de la masa salarial bruta de la plantilla deportiva". Asimismo, los clubes acordaron introducir en el reglamento de competiciones que "para aquellos clubes o SSAADD que se hallen en situación de concurso de acreedores, no podrán inscribirse cuando el administrador concursal emita un informe en el que proponga la liquidación de la compañía o el cese de la actividad, o bien cuando el plazo desde el inicio del concurso hasta la aprobación del convenio con los acreedores exceda los 18 meses".

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